Defensa contra la deportación
Si recibió un aviso de comparecencia o tiene una audiencia en la corte de inmigración.
Ver defensa contra la deportaciónInicio / Inmigración / Asilo
Para personas que tienen miedo de regresar a su país por quiénes son o por lo que creen, y quieren saber si el asilo es una opción realista.
Si tiene miedo de regresar a su país de origen, puede que se esté preguntando si el asilo es una opción para usted. A veces lo es, pero el asilo tiene reglas estrictas.
El asilo no puede cubrir todas las dificultades, ni todos los problemas generales que enfrentan las personas en todo el mundo. Es para personas que enfrentan una persecución grave por quiénes son o por lo que creen.
En una consulta, revisaremos su situación y le explicaremos si el asilo u otra opción podría ajustarse a su caso.
Por lo general, una solicitud de asilo tiene que presentarse dentro del primer año después de llegar a Estados Unidos. En la mayoría de los casos, presentarla después de ese plazo es un problema serio para el caso.
Por eso, la primera pregunta que hacemos es cuándo llegó. Si ya pasó más de un año, revisaremos si hay algo en su situación que todavía podría permitir presentar la solicitud, y otras opciones que podrían ajustarse a su caso.
El asilo tiene que basarse en una de cinco categorías: su raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un grupo social determinado.
No toda amenaza o acto de acoso cuenta como persecución. Revisamos qué tan grave fue, las circunstancias y si tiene relación con una de las cinco categorías.
En la consulta, le explicamos en palabras sencillas qué significan estas categorías, y si su situación podría encajar en una de ellas.
Paso a paso
Si no está en la corte de inmigración, es decir, si no ha recibido un aviso de comparecencia (Notice to Appear), su solicitud va a USCIS, junto con las pruebas que la respaldan. Hay una tarifa de presentación, y una tarifa anual mientras la solicitud está pendiente. En la consulta le diremos los montos actuales.
Un oficial de asilo le hace una entrevista sobre su solicitud. Le preparamos para la entrevista de principio a fin.
Después de la entrevista, USCIS revisa su caso. Puede otorgarle el asilo o, según las circunstancias, enviar su caso a la corte de inmigración. Le explicaremos la decisión y qué sigue.
Si ya está en la corte de inmigración (proceso de deportación), el asilo se pide allí, como defensa contra la deportación. Ese trabajo se explica en nuestra página de Defensa contra la deportación.
Nuestro papel
Empezamos con una evaluación honesta: cuándo llegó a Estados Unidos y si su situación encaja en una de las categorías. Si el asilo se ajusta a su situación, preparamos el expediente con cuidado, enfocado en los hechos y los documentos que importan para su caso.
Cada documento que presentamos se envía con un número de rastreo, así sabemos cuándo lo reciben, y le avisamos de cada carta que el gobierno mande sobre su caso.
Trabajamos con clientes en todo el noroeste de Arkansas. La ley de inmigración es federal, así que también aceptamos casos de inmigración del suroeste de Missouri, del área de Tulsa y de otras partes de Estados Unidos. Todas las consultas pueden ser en inglés o en español.
Foto: la mesa de reuniones.
Por lo general, presentar la solicitud después del primer año es un problema serio para un caso de asilo. Si esa es su situación, de todos modos vale la pena una consulta: revisaremos si hay algo en su caso que todavía podría permitir presentar la solicitud, y si otra opción podría ajustarse a su situación.
El asilo es para personas que enfrentan una persecución grave por su raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un grupo social determinado. No es para todas las dificultades, y no toda amenaza o acto de acoso cuenta como persecución. En la consulta, revisamos qué tan grave fue, las circunstancias y si tiene relación con una de esas categorías.
En muchos casos, hay un permiso de trabajo disponible mientras su caso de asilo está pendiente. Le diremos cuándo puede solicitarlo, y también podemos encargarnos de esa solicitud.
Depende de dónde esté su caso. Si USCIS no aprueba su solicitud, el caso puede continuar en la corte de inmigración. Si un juez de inmigración niega el asilo, puede ser posible una apelación. Los casos en la corte y las apelaciones se explican en nuestra página de Defensa contra la deportación.
No es obligatorio tener un abogado. Podemos revisar su situación, preparar la solicitud y los documentos que la respaldan, y ayudarle a prepararse para la entrevista.
Si recibió un aviso de comparecencia o tiene una audiencia en la corte de inmigración.
Ver defensa contra la deportaciónVisas U, visas T, Estatus Especial de Inmigrante Juvenil (SIJS) y VAWA.
Ver ayuda humanitariaGreen cards por matrimonio, ajuste de estatus, trámite consular y peticiones familiares.
Ver inmigración familiar